Real Decreto por el que se aprueban las estrategias marinas

Por su importancia práctica hemos incorporado a esta Tribuna Informativa el hecho de que Legalalimentaria haya publicado el pasado día 19 de noviembre la noticia de que el Ministerio para la Transición Ecológica ha aprobado el Real Decreto 1365/2018, de 2 de noviembre, por el que se aprueban las estrategias marinas.

La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, constituye la transposición al sistema normativo español de la Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva Marco sobre la estrategia marina), con el principal objetivo de lograr o mantener un buen estado ambiental del medio marino a más tardar en el año 2020. Para su consecución, se crean las estrategias marinas como herramienta de planificación del medio marino.

Las estrategias marinas son, como es sabido, instrumentos de planificación y constituyen el marco general al que deberán ajustarse necesariamente las diferentes políticas sectoriales y actuaciones administrativas con incidencia en el medio marino. Para ello, aplican un enfoque eco – sistemático respecto de la gestión de las actividades humanas, garantizando que la presión conjunta de dichas actividades se mantengan en niveles compatibles con la consecución del buen estado ambiental y que no se comprometa la capacidad de los ecosistemas marinos de responder a los cambios inducidos por el hombre, permitiendo a la vez el aprovechamiento sostenible de los bienes y servicios marinos por las generaciones actuales y futuras.

El mencionado real decreto se ha elaborado conforme a los principios que establece el artículo 129.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que se persiguen y la Ley 41/2010 prevé la aprobación de las estrategias marinas de primer ciclo, y proporcionalidad ya que contiene la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden cubrir y seguridad jurídica, ya que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.

Por lo demás, la norma también es coherente con los principios de eficiencia, en tanto que la norma asegura la máxima eficacia de sus postulados con los menores costes posibles inherentes a su aplicación, y transparencia al haberse garantizado una amplia participación en su elaboración.

Sin duda, este Real Decreto puede servir perfectamente, con las correspondientes adecuaciones, como guía de actuación para otros sectores de nuestra ganadería.

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