El TSJ anula un decreto que permitía explotaciones ganaderas sin licencia ambiental en Castilla y León

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha vuelto a rechazar una norma de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. La sala de lo Contencioso-Administrativo ha sido concluyente al anular en parte un decreto que permitía la instalación de explotaciones ganaderas sin la preceptiva licencia ambiental; así dice «La modificación efectuada excede con mucho a lo que está permitido a una norma de carácter reglamentario, en cuanto que, de un lado, modifica normas con rango de Ley y, por otro, altera de forma sustancial el contenido fundamental del régimen de licencias y comunicaciones ambientales que son exigidos como requisito previo para el ejercicio de actividades«.

La sentencia declara que no es posible modificar por decreto una ley como la de Prevención Ambiental de Castilla y León, invadiendo de esta forma el Consejo de Gobierno de la Junta la competencia legislativa exclusiva del Parlamento autonómico: «La modificación efectuada afecta al contenido fundamental de la norma con rango de Ley, en cuanto que aspectos nucleares del mismo, como son todos aquellos sometidos al régimen de licencia o autorización, ahora se trasvasan desde el de licencia, más exigente en su régimen jurídico -información pública, informes preceptivos de la comunidad autónoma, etc.-, hacia un mero régimen de comunicación previa, sin que existan garantías equivalentes, como es la necesidad de evaluación ambiental previa«, precisa la resolución judicial.

Según ha explicado el colectivo que impugnó el decreto, Ecologistas en Acción,  el TSJ ha anulado la exención de licencia ambiental concedida por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a las explotaciones ganaderas intensivas, mediante el Decreto 4/2018 por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas en Castilla y León.

De cara a las elecciones autonómicas del próximo 26 de mayo, Ecologistas espera que su resultado «destierre definitivamente esta forma arbitraria y autoritaria de gobernar, restableciendo las garantías y controles ciudadanos en materia de biodiversidad y de prevención ambiental, en atención al principio de legalidad, a la protección de la salud y el medio ambiente y a los derechos constitucionales a la información, a la participación y a la tutela judicial efectiva«.

Por su parte el Consejero implicado ha aseverado que la Junta cumple las resoluciones al tiempo que ha explicado que el decreto anulado «tiene una intención muy sencilla» y es «poner las menos trabas posibles y facilitar los trámites administrativos» cuando alguien quiere impulsar un proyecto en el medio rural.

Al respecto, ha significado que se trata de un decreto que surge de un acuerdo de la Junta para reducir las cargas administrativas pero, «diferenciaba» entre instalaciones industriales en el campo invasivas, que «están y estarán sometidas a autorización ambiental rigurosa», e instalaciones «menos invasivas con el medio ambiente» y a las que se trata de facilitar la tramitación administrativa «pero cumpliendo unos requisitos«.