Tribuna informativa – Semana 47

  1. La reducción de los módulos del IRPF para nuestros ganaderos (integrados)

Actualmente, como es sabido, el método de estimación objetiva del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Física) es al que se suelen acoger habitualmente los agricultores y los ganaderos españoles. Desde finales del siglo pasado, la cifra de declarantes en este ámbito se mantiene relativamente estable alrededor del millón de declarantes.

Al amparo de este modelo, el Ministerio de Hacienda y de la Función Pública (MIHFP) publica anualmente, en el mes de noviembre, una Orden Ministerial por la que se definen los índices de rendimiento neto (módulos) de las actividades agrarias para el año subsiguiente.

A partir de esta publicación, los agricultores y los ganaderos tienen la oportunidad de decidir, antes del inicio del ejercicio, si van a continuar tributando aplicando el método de estimación objetiva o, por el contrario, deciden hacerlo a través del método alternativo de estimación directa.

En esta oportunidad, el proyecto de Orden de Módulos del IRPF para el año 2017 elaborado por parte del Ministerio de Hacienda y de la Función Pública, al que se hacía referencia, explicita los nuevos módulos reducidos correspondientes a la campaña de 2016 para determinadas producciones agrícolas y ganaderas.

La novedad a resaltar es la de la reducción de los índices de servicios de cría, guarda y engorde de ganado, con efecto desde el periodo impositivo 2016. Cabe recordar aquí que los índices aplicados a la ganadería integrada eran los más altos de todas las actividades del sector agrario y, con seguridad, no respondían a la realidad económica de esta actividad. Desde esta perspectiva, la reducción de índole fiscal del 12 por 100 en el caso de cría, guarda y engorde a aves y el 34 por 100 en el resto de especies) se adecua mejor a la realidad actual de estas actividades.

  1. La zonas afectadas por un incendio y el pastoreo

El Prof. Dr. Alfonso San Miguel Ayanz, Catedrático de la UPM, ha publicado un estudio en el que pone de manifiesto que es desaconsejable el pastoreo del ganado en zonas que han sido afectadas de forma reciente (un año o menos) por un incendio, dado que acelera e incrementa la intensidad de los procesos de degradación del suelo afectado, especialmente los relacionados con el lavado y la erosión del mismo. No hay que olvidar que se trata de “suelos muy frágiles”, con una reducida o muy reducida capacidad de recuperación y que, en general, han visto manifiestamente mermado su horizonte superior humìfero.

AL pastorear el ganado en zonas donde no se haya restablecido una cubierta vegetal densa, se compacta el suelo al pisotearlo, lo que contribuye, especialmente en las zonas con pendiente, a acelerar los procesos de degradación mencionados. En ocasiones, incluso, el mencionado pastoreo puede provocar situaciones de degradación muy difícilmente reversibles a medio-largo plazo.

No obstante, el pastoreo puede ser positivo si tiene lugar cuando la vegetación herbácea ya cubre casi completamente el suelo afectado y ha adquirido un grado de desarrollo suficiente; es decir, ya tiene un suficiente acúmulo de substancias de reserva. En este caso, limita las formaciones de matorral y de arbustedo (una comunidad vegetal dominada por arbustos recibe la denominación de arbustedo –fruticetum-).

Este estudio desmonta las teorías que justificaban, desde un punto de vista pastoral, la realización del mencionado pastoreo y da un importante toque de atención a aquellos que intentaban justificar, desde un punto de vista pecuario, el aprovechamiento inmediato o cuasi inmediato de las zonas afectadas por un incendio.

En este sentido se apoya nuestra teoría de la necesidad de establecer en las Leyes de Montes, en todo el territorio nacional, una eliminación definitiva de los acotamientos al pastoreo en zonas afectadas por incendios forestales.

  1. Frenazo ¿definitivo? al TTIP

Hace unos días el Presidente de la Comisión de Comercio de la Eurocámara, el señor Bernd Lange, afirmaba que: “El TTIP ya es historia”. El Secretario de Estado francés, el señor Mattthias Fekl, ha sido mucho más contundente al afirmar que “el TTIP está muerto” (y no se olvide aquí, que los EE.UU. pretendían concluir las negociaciones antes de la marcha del señor Barak Obama de la Casa Blanca, aunque éstas estaban realmente atascadas ante temas tales como la reducción de los aranceles agrícolas, la protección de las indicaciones geográficas, los arbitrajes o las licitaciones).

Ahora, lo que desean los actuales negociadores es que se den una serie de reuniones a nivel técnico para intentar consolidar los puntos que se habían acordado.

Lo que sí parece muy posible es que la política proteccionista que ha anunciado reiteradamente el Sr. Donald Trump, Presidente electo de los Estados Unidos de América, frustre o, al menos, congele a medio plazo una hipotética conclusión del TTIP que se lleva negociando desde el año 2013.

Además, entra dentro de lo posible que cambien de forma drástica “las reglas del juego” en el ámbito del comercio a escala mundial, aunque habrá que ver qué sucede en las próximas semanas o meses ante las nuevas políticas comerciales de los EE.UU.

Probablemente, la misma suerte que el TTIP corra el TTP (que también se estaba enfrentando con los escollos planteados, por ejemplo, por el Parlamento japonés).

Como manifestaba Buxadé en una reciente comparecencia: “no deja de ser ésta, en principio, y en contra de muchas opiniones, una muy buena noticia para el sector agrario, aunque la Unión Europea habrá de estar muy atenta y, paralelamente, habrá de ser muy eficiente, eficaz y beligerante en la defensa de los intereses reales del sector agrario ante las nuevas reglas que, con seguridad, intentará imponer, en el ámbito del comercio internacional, la nueva administración norteamericana”.

Avisados quedamos.

  1. La U.E. y Canadá cierran un acuerdo comercial de envergadura

Después de siete años de negociaciones, la Unión Europea y Canadá acaban de firmar el Tratado bilateral de libre comercio (CETA, por sus siglas en inglés). Este acuerdo, el mayor firmado hasta ahora por la Unión Europea (segundo socio comercial de Canadá), elimina prácticamente la casi totalidad de los aranceles que han estado gravando los intercambios comerciales entre las dos partes.

Bien entendido que este acuerdo sólo entrará en vigor si supera los trámites que quedan por hacer, es decir, si la Eurocámara da en los próximos meses su consentimiento al texto redactado (un texto de casi 1.600 páginas) y si, posteriormente, los Parlamentos de todos los Estados que conforman la Unión Europea lo ratifican (una negativa de uno de los mencionados Parlamentos daría al traste con el Acuerdo).

Ello puede significar varias cosas.

En primer lugar, que todavía tendrá que pasar un largo periodo de tiempo hasta que el mencionado tratado pueda entrar en vigor y, en segundo lugar, que el secretismo de las negociaciones ha dado, a lo largo de todos estos años, unas “potentes armas argumentales” a los sectores que son contrarios a la globalización, ya sean razones técnicas o, sobre todo, razones políticas (especialmente en los extremos derecho e izquierdo del arco parlamentario). Ellas pueden ser suficientes para “echar por la borda” los esfuerzos negociadores de siete años.

Lo que sí ha resultado evidente es que el enfoque y la realización de las negociaciones de posibles futuros tratados (por ejemplo: U.E. – Mercosur) tendrán que ser, sin duda alguna, muy diferentes a las llevadas a cabo hasta el momento; empezando por su transparencia real.

  1. Continuará vigente el Impuesto sobre el Patrimonio en el año 2017

En el año 2008, el Gobierno socialista suprimió el denominado “Impuesto sobre el patrimonio”, que grava la riqueza patrimonial de los contribuyentes. En 2011, el mismo Gobierno, lo restableció con “carácter temporal”; una temporalidad que ya dura cinco años y que ahora el Gobierno ha decidido que seguirá en vigor durante el año 2017 (por esta razón se incluirá esta “prolongación de la temporalidad” en los Presupuestos Generales del Estado).

En España hay unos 174.000 contribuyentes que presentan declaración por su patrimonio; de ellos, hay 52 que declaran un patrimonio superior a los 100 millones de euros y alrededor de otros 120 declaran un patrimonio situado entre los 50 y los 100 millones.

El argumento que se aduce en este caso es que, ante la estrechez del margen presupuestario de las Comunidades Autónomas (modelo que supone, a todos los efectos, una verdadera hemorragia para la economía del país) y ante la obligación impuesta por la Unión Europea de reducir el déficit, no hay más remedio que actuar de esta forma (la supresión de este impuesto generaría un incremento del déficit superior a los 1.000 millones de euros).

Y no se olvidé aquí que, en la Ley de Presupuestos del año 2016, actualmente vigente, se dejaba meridianamente claro en el artículo 66 (interesante de leer) que, a partir del 1 de enero del año 2017, se aplicaría sobre la cuota íntegra del impuesto que aquí nos ocupa una bonificación del 100 por 100 a todas las personas (sujetos pasivos, para ser exactos) con obligación de contribuir (obviamente, no se eliminaba el tributo, en aras a facilitar el control del fraude, pero se anulaba su pago, que son dos cosas distintas).

La Comunidad Autónoma más beneficiada con esta medida será Cataluña, que aporta, aproximadamente, un 43,5 por 100 de la recaudación generada por la aplicación del impuesto. En el caso de Madrid, que es la excepción, sólo deberán presentar declaración aquellos contribuyentes cuyo valor de derechos o bienes supera los dos millones de euros).

Al Estado, nos guste o no, no le queda más remedio, ante la situación real de nuestra economía (empezando por la situación de los fondos de reserva de la Seguridad Social), que aumentar sus ingresos. Ello sólo se logra aumentando realmente la actividad laboral neta (es decir aumentado las aportaciones netas generadas por al aumento de actividad), aumentando los impuestos (ejemplo, lo que se acaba de hacer con el gasoil de automoción, que es un parche, pero no deja de ser significativo de por dónde vamos a andar) y reduciendo o eliminado deducciones.

Y todo ello va a gravar finalmente a las disponibilidades monetarias netas de los contribuyentes y, a la postre, a medio plazo, afectará negativamente a la demanda de nuestros productos (¡atención a la próxima “cuesta de enero”!; la “vorágine consumidora” que se está promoviendo para estas próximas Navidades –otro parche en otro eslabón de la cadena– no será fácil de digerir).