Proyecto de ley para paliar los efectos de la sequía

El día 29 de noviembre la Comisión de Agricultura del Congreso aprobó el informe de la ponencia sobre el Proyecto de Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, que ha sido enviado al Senado.

El texto elaborado por el Gobierno y modificado en el Congreso preveía exenciones al pago del canon de regulación y en la cuota de la tarifa de utilización del agua, así como al pago de la tarifa de conducción de las aguas incluida en la Ley de regulación del régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura y en la cuota de este año de la tarifa de conducción de las aguas por la infraestructura del pos-trasvase.

El proyecto ha sido modificado en ponencia, donde se ha acordado incluir una nueva disposición final transitoria que modifica el apartado 2 del artículo 82 de la Ley de Economía Sostenible, para añadir que “el Gobierno fomentará inversiones para la mejora de la eficiencia energética en los regadíos y maquinaria agrícola y la sustitución de fuentes convencionales por fuentes renovables (atendiendo a las problemáticas territoriales específicas respecto a materia prima) en instalaciones agrarias, incluyendo instalaciones de autoconsumo, tanto eléctrico como térmico, así como uso de combustibles alternativos”.

También en esta primera fase de negociación se ha modificado la disposición adicional segunda para ampliar un año, hasta el 30 de septiembre de 2018, el periodo en el que, con carácter excepcional y temporalmente limitado, se podrán autorizar contratos de cesión de derechos al uso privativo de las aguas entre concesionarios de la cuenca del Segura, en los que el volumen susceptible de cesión sea igual al volumen concedido al titular que cede su derecho, no siendo de aplicación la limitación establecida en el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

Con el mismo carácter y vigencia temporal, podrán autorizarse contratos de cesión de derechos al uso privativo de las aguas entre concesionarios de la cuenca del Duero. Esta misma previsión se aplicará a los contratos que se celebren entre concesionarios de la cuenca del Júcar con una vigencia temporal limitada al 30 de septiembre de 2018.

El mencionado Proyecto de Ley será beneficioso para los titulares de las explotaciones agrarias afectadas que hayan tenido una dotación de agua inferior o igual al 50 por ciento de la normal o hayan sufrido pérdidas de producción bruta en los cultivos de, al menos, un 20 por ciento de la producción normal en zonas desfavorecidas y de un 30 por ciento en las demás zonas, de conformidad con los criterios establecidos por la Unión Europea.

Asimismo, se beneficiarán de estas exenciones la Mancomunidad de los Canales del Taibilla y los abastecimientos de la provincia de Almería en la parte que se suministran mediante el Acueducto Tajo-Segura, debido al uso de recursos de agua no habituales, necesarios para garantizar el abastecimiento de sus poblaciones, afectadas por la sequía en la cuenca del río Segura.

Por su parte, las empresas y los trabajadores por cuenta propia que sean titulares de explotaciones agrarias de toda España afectadas por la sequía, tanto hidrológica como meteorológica, podrán solicitar una moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a los meses de julio de 2017 a febrero de 2018, ambos inclusive, así como en el pago de las cuotas por las jornadas reales correspondientes a ese mismo período.