La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición pasa a estar coordinada por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Agricultura

El BOE publico ayer Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Este decreto nace para desarrollar las estructuras ya desarrolladas anteriores Reales decretos (Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 10/2020, de 14 de enero por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, hacen necesario desarrollar dichas estructuras para determinar los órganos directivos de los diferentes ministerios).

El texto, firmado por el Ministerio de Politíca Territorial, eplica que “la nueva organización responde a la más adecuada expresión de los objetivos del Gobierno, asegurando el funcionamiento eficaz y eficiente de la Administración General del Estado. Esta nueva distribución competencial se reforzará, además, con el despliegue de mecanismos de coordinación adecuados para asegurar la máxima coherencia, sinergia y unidad de acción en el ámbito de las políticas sectoriales”.

Destacamos del texto la parte en la que se hace referencia a la investigación:

“El Ministerio de Ciencia e Innovación y el Ministerio de Universidades, acordarán las medidas de coordinación necesarias para garantizar el funcionamiento cohesionado de la Administración en materia de investigación.”

A  la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición:

“El Ministerio de Consumo, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acordarán las medidas de coordinación necesarias para garantizar el funcionamiento cohesionado en relación con las competencias de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.”

Y a una nueva Dirección General de Derechos de los animales, coordinada por el Ministerio de Derechos Sociales:

“La Dirección General de Derechos de los Animales es absolutamente novedosa y marca un salto en el reconocimiento del respeto a los demás seres vivos, precisando para el titular que ha de diseñar y seguir la aplicación de políticas públicas en la materia un conocimiento profundo de los agentes sociales actuantes en la protección animal y experiencia en las relaciones institucionales entre entidades sociales y administrativas.”

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