Condena por la explotación ilegal de la mandarina “Orri”

La mandarina Orri, fue registrada el día 17 de enero del año 2013 en el Registro de Variedades Protegidas del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente con número 2572. Se trata de es una variedad híbrida desarrollada mediante irradiación de la variedad Orah por el Agricultural Research Organization (ARO) de Israel.

Es una mandarina de una gran calidad, prácticamente sin semillas, con un contenido en azúcares muy alto (14 – 15º Brix), excelentemente compensado por su contenido en ácidos, lo que le confiere un sabor único y característico a esta variedad. La pulpa de esta mandarina es de color naranja, de textura fina, fundente, muy jugosa y con las paredes carpelares extremadamente finas, lo que le proporciona una sensación organoléptica que es especialmente agradable. Una característica destacable es que presenta una piel muy resistente y firme que le otorga una óptima conservación tanto en árbol como en poscosecha. Esta característica permite que se pueda alargar la campaña gracias a su extraordinaria capacidad de conservación.

El 29 de julio del año 2013 se le concedió el Título de Obtención Vegetal de la Oficina Europea de Variedades Vegetales (CPVO) con número 35889. Ello significó la ampliación de la protección y de los derechos de obtención a toda la Unión Europea hasta el 31 de diciembre del año 2043.

El Plants Production and Marketing Board (PPMB) de Israel, en representación del Agricultural Research Organization (ARO), nombró a The Enforcement Organization, S.L. (TEO) Licenciatario Master exclusivo de la variedad de mandarina “Orri” para España y Portugal.

Ahora el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia ha dictado la primera sentencia por la explotación ilegal de la variedad vegetal protegida “Orri” a raíz de una demanda civil por explotación ilegal de 199 árboles de esta variedad en una parcela ubicada en el término municipal de Picasent (Valencia). La mencionada sentencia pone de manifiesto que el agricultor infractor ha llevado a cabo una multiplicación y propagación ilegal de variedad “Orri”, tanto en el referido período de protección provisional, como en el período de protección definitiva. En consecuencia, el juzgado ha condenado al infractor a abonar a la empresa TEO una “indemnización razonable” de casi 20.000 € (30 €/árbol por la infracción durante el período de protección provisional, más 60 €/árbol por la infracción durante el período de protección definitiva).

Paralelamente el Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia ha condenado al agricultor a eliminar el material vegetal de la variedad vegetal protegida “Orri;” también le prohíbe la explotación de los árboles de esta variedad; así como la comercialización de la fruta que obtenga de estos árboles; y finalmente, le obliga a publicar, a su costa, la sentencia en una revista especializada del sector citrícola.

A resaltar que la empresa TEO ha puesto en marcha en el periodo nada menos que 108 acciones legales, de las cuales 92 están fundamentadas en la explotación ilegal de mandarino “Orrl”, que podrían afectar a alrededor de 172 hectáreas (más de 80.000 árboles) y el resto implica a puntos de distribución. Por vía penal hay 24 acciones legales en marcha, que afectan a unas 70 hectáreas y a unos 38.000 frutales; el resto se ha tramitado por la vía civil.