La Unión Europea, la cadena alimentaria y las prácticas comerciales desleales
En el Consejo de Ministros de Agricultura del próximo lunes estudiará una propuesta que deberá pasar posteriormente por el Parlamento Europeo con la intención de que sea efectiva antes del 2020. Se trata de una propuesta de directiva contra las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria (y responde a uno de los compromisos adquiridos por el Comisario de Agricultura, el señor Phil Hogan).
Se trata de prohibir el aplazamiento del pago en el caso de los productos perecederos a un periodo superior a los 30 días, las cancelaciones de pedidos a última hora y los cambios unilaterales de las condiciones de venta. La propuesta de directiva contempla, además de las condiciones ya citadas, la aplicación de efectos retroactivos en materia de entregas, de calidades, de volumen o exigir a los proveedores el coste de las pérdidas en la distribución por causas como roturas, etc.
Lo que no contempla esta propuesta es el tema de la venta a pérdidas, porque ya existe otra disposición en la U.E. que regula este tema.
Lo cierto es que con esta directiva no se impedirá, en ningún caso, que en nuestra Ley de la Cadena Alimentaria se mantengan las actuales exigencias, como, por ejemplo, la obligación de suscribir contratos.
Por otra parte se pretende que en cada Estado de Unión exista una autoridad responsable de vigilar el comportamiento de la directiva, amén de la creación de un mecanismo sancionador.
Como es conocido, España ha sido una de las principales impulsoras y defensoras en Bruselas de una normativa comunitaria en esta materia. La Federación de Productores y Exportadores de Frutas y Hortalizas ha hecho mucha presión en este sentido, dado que en este ámbito hay grandes operadores comunitarios comprando en España.
Para la elaboración de esta iniciativa, Bruselas llevó a cabo a lo largo del último año una consulta pública en la que hubo más de 1.500 respuestas, donde la mayoría coincidía sobre su necesidad, por considerar que en un 90 por 100 de los casos existían prácticas desleales, sobre todo en los plazos de pago y los cambios en las condiciones de venta.
Una de las cuestiones que queda aquí abierta y que se ha comentado en más de una ocasión en este mismo boletín es que las mismas obligaciones de cumplimiento de los plazos de pago afecten a los minoristas en sus compras a los mayoristas. De no hacerse así, se desequilibran en este segmento de la cadena el proceso de pagos – cobros. No es infrecuente aquí, que los pagos de los minoristas a los mayoristas se demoren un tiempo claramente superior a los 30 días.