La comisión Europea y la venta de leche cruda a los consumidores

Ante una pregunta formulada por la eurodiputada socialista y vicepresidenta de la comisión de Agricultura, Clara Aguilera, acerca de quién será el responsable en el caso de que la leche cruda genere una intoxicación, la Comisión Europea ha contestado que “cada Estado miembro de la Unión Europea (UE) será responsable de establecer las medidas sanitarias adecuadas para la venta de leche cruda” (sic).

Como ya se ha comentado en una edición anterior de este mismo boletín, en el texto, la eurodiputada ofrecía su opinión a la Comisión sobre la venta directa de leche recién ordeñada en la misma explotación y pedía que se determinase quién asumirá la responsabilidad de garantizar la sanidad pública y la seguridad alimentaria en caso de intoxicación.

La eurodiputada recordó muy adecuadamente que la pasteurización de la leche garantiza la higiene y la seguridad de este alimento, de modo que, volver a beber leche cruda (una demanda que está calando en ciertos sectores de la sociedad que buscan acercarse más a un concepto de “sabor auténtico”) podría concitar “más problemas que beneficios”.

En su respuesta, el Ejecutivo comunitario ha puesto de manifiesto que “teniendo en cuenta los aspectos inherentes a la subsidiariedad relacionados con la venta directa de leche cruda de explotaciones al consumidor final, los colegisladores han considerado oportuno permitir que cada Estado miembro mantenga o establezca las medidas sanitarias adecuadas para una actividad de este tipo que, por tanto, queda excluida del ámbito de aplicación del Reglamento de la CE (nº852/2004)”.

Por esta razón, de acuerdo con la Comisión Europea, “los Estados miembros pueden establecer normas nacionales que prohíban o limiten la puesta en el mercado en su territorio de leche cruda destinada al consumo humano directo. En todo caso, la responsabilidad última de la puesta en el mercado de un producto sigue siendo del operador de la empresa alimentaria. No corresponde a los consumidores garantizar la higiene y la seguridad de los alimentos que compran”.

Finalmente, en su respuesta, la Comisión insiste en que los operadores de empresas alimentarias deben garantizar y verificar que los alimentos que produzcan cumplen los requisitos pertinentes establecidos en dicha legislación con respecto a la seguridad alimentaria. Por su parte, los Estados miembros deben controlar y verificar que los operadores de empresas alimentarias cumplen con esos requisitos.

La cuestión ahora está en ver qué consecuencias, beneficiosas o negativas, trae consigo la venta de leche cruda a los consumidores finales.

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