Carne de Vacuno: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/663 DE LA COMISIÓN de 21 abril de 2022

FORO AGRO GANADERO, Carne de Vacuno: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/663 DE LA COMISIÓN de 21 abril de 2022 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en lo que respecta al volumen del contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior originaria de ParaguayCarne de Vacuno: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/663 DE LA COMISIÓN de 21 abril de 2022 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en lo que respecta al volumen del contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior originaria de Paraguay

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 187, párrafo primero, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 de la Comisión (2) establece las normas de gestión de los contingentes arancelarios de importación y exportación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación y exportación, sustituye y deroga una serie de actos que han abierto estos contingentes y establece normas específicas.

(2)

A raíz de la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en lo sucesivo, «Reino Unido») de la Unión, la Unión y el Reino Unido notificaron a los demás miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) el mantenimiento de sus niveles actuales de acceso al mercado, para lo cual procederían al reparto de los contingentes arancelarios de la Unión entre la Unión y el Reino Unido. La metodología para dicho reparto, así como los volúmenes de la EU-27, se establecen en el Reglamento (UE) 2019/216 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

(3)

Sin embargo, los contingentes arancelarios de la Unión que no forman parte de la lista de la OMC para la Unión no deberían haberse repartido.

(4)

No obstante, el contingente arancelario de importación de 1 000 toneladas, abierto sobre la base del Reglamento (CE) n.o 1149/2002 del Consejo (4) y expresado en peso del producto, de carne de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, que no forma parte de la lista de la OMC para la Unión, se repartió incorrectamente mediante el Reglamento (UE) 2019/216. Su volumen se redujo erróneamente con su aplicación a partir del 1 de enero de 2021.

(5)

El Reglamento (UE) 2022/111 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) modificó la parte A del anexo del Reglamento (UE) 2019/216 suprimiendo de la lista de contingentes repartidos la fila relativa al contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior, fresca, refrigerada o congelada, originaria de Paraguay.

(6)

Es necesario restablecer la cantidad inicial del contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior originaria de Paraguay con el número de orden 09.4455 en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761.

(7)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en consecuencia.

(8)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo VIII del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de abril de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (UE) n.o 1306/2013, (UE) n.o 1308/2013 y (UE) n.o 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema de gestión de los contingentes arancelarios mediante certificados (DO L 185 de 12.6.2020, p. 24).

(3)  Reglamento (UE) 2019/216 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de enero de 2019, relativo al reparto de los contingentes arancelarios incluidos en la lista de la OMC para la Unión, a raíz de la retirada del Reino Unido de la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 32/2000 del Consejo (DO L 38 de 8.2.2019, p. 1).

(4)  Reglamento (CE) n.o 1149/2002 del Consejo, de 27 de junio de 2002, por el que se abre un contingente arancelario autónomo para las importaciones de carne de vacuno de calidad superior (DO L 170 de 29.6.2002, p. 13).

(5)  Reglamento (UE) 2022/111 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de enero de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/216 en lo que respecta al contingente arancelario de la Unión de carne de vacuno de calidad superior originaria de Paraguay (DO L 19 de 28.1.2022, p. 1).


ANEXO

En el anexo VIII del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761, la línea «Cantidad en kilogramos» del cuadro relativo al contingente arancelario con el número de orden 09.4455 se sustituye por el texto siguiente:

«Cantidad en kilogramos

1 000 000  kg de carne deshuesada»

 

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