La UPA celebra la introducción de ayudas para compensar el lucro censante en la ganadería de C-LM

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La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Castilla-La Mancha (UPA), ha manifestado su satisfacción con la introducción de la Orden 49/2024, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario.

Con esta orden, se satisface la demanda de la organización agraria para para obtener el lucro cesante a los ganaderos afectados por enfermedades como la viruela, según ha comunicado la UPA mediante nota de prensa.

El secretario general de UPA Castilla-La Mancha, Julián Morcillo, ha mantenido reuniones tanto con el consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Julián Martínez, como con el director general de Ordenación Agropecuaria, Joaquín Cuadrado.

De estas reuniones se obtuvo el compromiso de ayudas derivadas del sacrificio obligatorio de ganado motivado por las enfermedades que ha sufrido la cabaña ganadera los últimos meses.

Ayudas de compensaciones complementarias por lucro cesante en los casos de inactividad en las explotaciones de ganado ovino y caprino de la región, así como ayudas de mínimas para ganaderos que se encuentren comarcas dentro de las Zonas de Especial Protección y Vigilancia.

La publicación de esta normativa llega así tras el compromiso con numerosos ganaderos de la región.

Desde la organización agraria han recordado que el sector ganadero ha atravesado unos meses difíciles, causados por las subidas de costes de producción o la sequía del pasado año, así como las diversas enfermedades como la tuberculosis, la lengua azul, la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) o la viruelam y el saneamiento posterior derivado de estas enfermedades, que motivó el sacrificio de animales por motivos sanitarios.

Esta reclamación ahora se ve compensada con la publicación de la Orden 49/2024, de 11 de abril; donde se indica que el objeto de la subvención es compensar el lucro cesante en los casos de inactividad en las explotaciones de ganado ovino y/o caprino, registradas en Castilla-La Mancha, con motivo del sacrificio obligatorio de los animales llevados a cabo en el marco de programas o actuaciones sanitarias oficiales, dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria.

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta orden las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida, titulares de explotaciones ganaderas de ovino y/o caprino con clasificación zootécnica ‘reproducción de leche’, ‘reproducción de carne’ o ‘reproducción mixta’, ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria causadas por tuberculosis y/o por viruela ovina y caprina, y haya repoblado la misma, una vez finalizado el periodo de cuarentena, con la reintroducción de animales.

Las solicitudes para acogerse a las ayudas contempladas en la presente orden y los plazos y documentación necesaria se establecerán en la convocatoria correspondiente, estableciéndose un plazo mínimo de presentación de solicitudes de 1 mes.

La solicitud, así como cualquier documentación o trámite relacionado con el expediente se presentará sólo por medios electrónicos, habida cuenta de la profesionalidad de las personas destinatarias, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

 

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