El Consejo de Ministros establece las bases de la prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina

  • Se trata de una enfermedad vírica del ganado bovino, que origina importantes daños económicos, tanto por la pérdida de productividad como por las restricciones al comercio
  • El Real Decreto establece un programa de prevención, control y erradicación de la IBR y se establecen medidas en relación con las vacunas, la calificación sanitaria y la regulación oficial de los movimientos de animales entre las explotaciones adheridas al programa

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto por el que se establecen las bases de las actuaciones de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina y se establece un programa nacional voluntario contra dicha enfermedad.

Se trata de una enfermedad vírica del ganado bovino, que ocasiona síntomas respiratorios y reproductivos y da lugar a importantes daños económicos, tanto directos, por la pérdida de fertilidad, como indirectos, ya que genera restricciones al comercio de animales, semen, óvulos y embriones.

La normativa de la Unión Europea prohíbe la comercialización de semen, óvulos y embriones de rebaños seropositivos a la IBR y el transporte de animales vivos infectados a los países o zonas declarados libres o que tienen un programa de control y erradicación aprobado, salvo que se cumplan una serie de medidas sanitarias específicas.

Dado que cada vez son más los países de la UE que cuentan con programas de control y erradicación de IBR, es preciso establecer un marco nacional para que el control de la enfermedad se realice de forma homogénea en el territorio nacional

Para ello, las principales medidas establecidas en el Real Decreto son:

–            Establecimiento de un programa de prevención, control y erradicación de IBR, de carácter voluntario para los ganaderos.

–            Sustitución de las vacunas convencionales por vacunas marcadas, para permitir la diferenciación de los animales vacunados de los que han estado en contacto con el virus.

–            Calificación sanitaria oficial reconocida para las explotaciones bovinas de todo el territorio nacional, en función de las medidas que adopten frente a la IBR y de los resultados de los análisis de laboratorio establecidos.

–            Regulación oficial de los movimientos de animales entre las explotaciones que voluntariamente se hayan adherido al programa, con el fin de mantener su calificación sanitaria.

–            Designación del Laboratorio Central de Veterinaria de Algete como laboratorio nacional de referencia de IBR.

De este modo, se pretende mejorar el control de la enfermedad a medio plazo, lo que permite una adaptación progresiva en las explotaciones con mayor presencia de IBR, minimizando el impacto sobre el comercio y los movimientos comerciales.

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